Gobierno de Pihuamo

Artículo 8.

  1. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública.
  2. La información sobre el marco jurídico aplicable al y por el sujeto obligado.
  3. La sobre la planeación del desarrollo, aplicable al y por el sujeto obligado.
  4. La información sobre la planeación estrategica gubernamental aplicable al y por el sujeto obligado.
  5. La información financiera y patrimonial y administrativa.
  6. La información sobre la gestión pública.
  7. Las versiones públicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio y que hayan causado estado.
  8. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado
  9. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí
    o a propuesta del Instituto.
  10. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones
    laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en
    especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
  11. Los estudios financiados con recursos públicos.
  12. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de
    recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de
    ellos.
  13. El catálogo de disposición y guía de archivo documental; y
  14. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de
    Contabilidad Gubernamental, así como aquella que se genere por la ejecución del gasto público
    con recursos federales.